En fundamento en todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte demanda, contra la decisión del Juzgado Décimo Séptimo (17°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 19 de marzo de 2015, la cual queda revocada. SEGUNDO: Se ordena al Juzgado A quo, fije dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del expediente, una nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, para el décimo (10°) día hábil siguiente a dicha fijación, a la hora que estime conveniente, todo en relación con la demanda incoada por las ciudadanas YEISIBEL GUIPEL BLEQUETT ALVAREZ y JEANNELYS CHAVEZ COVA, en razón de diferencia de prestaciones sociales .....