Este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara secuestrado Judicialmente el inmueble antes identificado y en el cual se encuentra constituido por ser el mismo que aparece señalado en el despacho comisorio tal y como fue determinado por el experto designado en este acto y lo puso en posesión de la parte actora-secuestratario Judicial designado, quien por intermedio de su apoderado judicial lo recibió completamente desocupado, en virtud de que la notificada en este acto retiro de dicho inmueble todos sus bienes muebles y enseres personales hasta otro lugar bajo su total y absoluta responsabilidad.