declara: ÚNICO: LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano Armando Miguel Marenco contra la Fundación Negra Hipólita, adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social, dada la incomparecencia de la parte accionante en amparo, todo de conformidad con lo previsto en la Sentencia Nº 07 de fecha 01 de febrero de 2000, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.