DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho precedentemente expuestos esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano CARLOS ENRIQUE PINTO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 66.359, en su carácter de defensor privado de la ciudadana NARESDA COROMOTO ENRIQUEZ CRUEL, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.550.082, contra la decisión del 31 de marzo de 2016, dictada por el Juzgado Decimo Séptimo (17°) de Primera Instancia Estadal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, con ocasión a la celebración de la audiencia prevista en el artículo 356 del Código Orgánico Procesal Penal, fundamentada en la misma fecha, mediante la cual decretó: ""...MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a la ci.....