En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada Francis Rivas, apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 01/02/2006.
SEGUNDO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada Veda Cedeño contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 01/02/2006.
TERCERO: Se condena en Costas del Recurso a la parte actora recurrente de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Se condena en Costas a la .....