En consecuencia, estando dentro de los supuestos establecidos en el Artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, la apelación presentada en audiencia, al no poder esta juzgadora emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso interpuesto en virtud de las previsiones legales contenidas en el Artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, suspende los efectos de la medida cautelar impuesta y lo procedente es que este Tribunal de Control Nº 1, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal emita los siguiente pronunciamientos: PRIMERO: acuerda sustituir la privación preventiva de la libertad del ciudadano GEINNIFER JESUS GARCIA, anteriormente identificado, por la medida cautelar sustitutiva contemplada en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, numerales 3º, consistente en la obligación de presentars.....