PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso ordinario de apelación interpuesto por los ciudadanos ELI MOISE BARRETO GUERRA y ARELIS MENDOZA BARRETO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 3.569.609 y 5.179.215, respectivamente, debidamente asistidos por el ciudadano abogado ROBERTO ANTONIO ORONOZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el N° 24.365, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 27 de enero de 2011. Así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se confirma en los términos de esta alzada la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 27 de enero de 2011. Así se decide.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante, ciudadanos ELI MOISE BARRETO GUERRA y ARELIS MENDOZA BARRETO, antes identificados, por .....