DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal 10° de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con el artículo 48 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano DARWIN JOSE QUERALES ALVAREZ, titular de la Cedula de Identidad V-18.870.041, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de ANA TERESA MAYORA BELLO. En consecuencia se acuerda el CESE de cualquier Medida de Coerción que pudiera pesar sobre el, por esta causa.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese la presente decisión. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTRO.....