Por las razones expuestas esta Sala Accidental Nro. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara PRIMERO : SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho la abogada YOLANDA COA MATHEUS, actuando con el carácter de defensora privada del ciudadano EDWIN LUIS GIACOMAN HERBAS, en contra de la sentencia condenatoria dictada en fecha 12 de julio de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio N• 7 de este Circuito Judicial Penal, en las actuaciones del asunto N• GP01-P-2005-001076., por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente sentenciada a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SIETE (07) MESES DE PRISIÓN. SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión proferida por el Tribunal de Primera Instancia en fun.....