Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta el 27 de abril del 2002, el abogado ISMAEL MEDINA PACHECO, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil LA CASA DEL CIRUJANO, C.A., contra el auto dictado el 17 de abril del 2000, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad, que homologó la transacción celebrada el 12 de abril del 2002, por ante la Notaría Pública Cuarta de Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Carona, Estado Bolívar.