Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR EL RECURSO de apelación ejercido por la parte actora
PARCIALMENTE LUGAR EL RECURSO de apelación ejercido por la parte accionada
SIN LUGAR la pretensión que por ACCIDENTE DE TRABAJO incoare el ciudadano JOSÉ YNOCENCIO BRACA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 8.168.850, contra la sociedad de comercio GHELLA SOGENE, C. A., con domicilio en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 03 de Abril de 1981, anotada bajo el N° 35, Tomo N° 27-A Pro.
Se CONFIRMA el fallo recurrido, pero por una motivación distinta.
No hay condenatoria en COSTAS dada la naturaleza del fallo.