Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente acción de DESALOJO intentada por el ciudadano MANUEL FERNANDO MENESES, contra el ciudadano JOSE DOMINGO RAMIREZ, ambas partes plenamente identificada en autos. En consecuencia, la parte demandada deberá entregar el inmueble arrendado y constituido por una parcela de terreno con una superficie de 343.755 mts2 y la casa quinta sobre ella construida con una superficie de construcción de 104,11 mts2, distinguida con la letra B-28 del lote B, vía San Joaquín del Estado Carabobo, conocido con el nombre La Camachera, cuyos linderos son los siguientes: Norte: Parcela B1 en 19,00mts; Sur: Calle 5 en 15,867 mts; Este: Calle 5 en 17,367 mts y Oeste: Parcela B-27 en 20,50 mts.
Se condena en costa a la parte demandada, .....