Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado de una revisión de las actas que conforman la presente causa, específicamente en la Sentencia dictada por este Tribunal señala lo siguiente:
... "Con respecto a las UTILIDADES consta al folio 254, recibo de pago de utilidades año 2004 por Bs. 294.061,00, hoy día 294,06, En la oportunidad de la audiencia de juicio la parte actora no impugno dichas documentales traídas por la demandada por lo que quedan firmes, en consecuencia se tiene como canceladas las mismas. Y ASÍ SE DECIDE.-
Al folio 255 recibo de pago de utilidades año 2006, cancelados en diciembre del 2006, por lo que se entiende que la demandada cancelo las utilidades 2006, más sin embargo no consta que le haya cancelado las utilidades 2005, que debieron ser canceladas en diciembre 2005, por lo que considera esta Juzgadora que se les adeuda a la actora dicho concepto para el año 2005, por 45 días de utilidades 2005 y se ordenará igualmente una expertic.....