Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Con lugar la solicitud de Divorcio, presentada por la ciudadana Rhaycy Mirely Bastidas Leal, ya identificada contra el ciudadano Henry Hernán Soto, ya identificado con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.