Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la acción que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la ciudadana NUMIDIA JOSEFINA LOZADA SUÁREZ, contra la sociedad mercantil LA ORIENTAL DE SEGUROS, C.A., en la persona de su representante judicial, ciudadano GONZALO LAURIA ALCALÁ, o de su apoderado judicial GABRIEL JIMÉNEZ ARAY, antes identificados.
Se condena en costas a la parte actora por resultar vencida en la presente demanda.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada de la presente Decisión en el copiador de Sentencias del Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscri.....