En fundamento a lo anteriormente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara la extinción del proceso seguido por la Abogada LEONORA MARIBEL GONZALEZ FLORES, con el carácter de Apoderada Judicial del ciu-dadano PABLO ANTONIO ROMERO, contra la Sociedad de Comercio CON-CRETO PREMEZCLADO, C.A., por Cumplimiento de Contrato Laboral. Y así se declara.
La presente decisión es recurrible mediante recurso ordinario de ape-lación, en ambos efectos, como lo ordena el Artículo 269 del Código de Pro-cedimiento Civil, dentro del lapso señalado en el Artículo 298 ejusdem.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el Archivo.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del T.....