En razón de lo expuesto anteriormente, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 04 de agosto de 2010, por la abogada TAILANDIA MARQUEZ RODRÍGUEZ, abogada del ciudadano JOSÉ FRANCISCO CASTELLANO, contra la decisión dictada el 23 de julio de 2010, por el Juzgado Cuadragésimo Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, que negó la practica, como prueba anticipada, de la inspección y experticias informáticas a objeto de realizar vaciado de contenidos para determinar archivos existentes, archivos eliminados, direcciones IP y las posibles conversaciones de mensajes realizadas al equipo de computación del Sub-Gerente JOSÉ CASTELLANOS ZAMBRANO a través de los correos electrónicos ramonramon@gmail.com y jose.castellano@bt.gob.ve.
Regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.....