IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- INCOMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional autónomo interpuesta por el abogado Antonio Trejo Calderón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 12.759, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO PABLO BLANCO ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº. 14.326.014, accionó contra la Sociedad Mercantil TRANSPORTE DE PRODUCTOS SIDERURGICOS, CA. TRANSPROSICA, debidamente registrada ante el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-0015820-8, y ante el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos con el Número de Identificación Laboral (NIL) 44460-1, en virtud del alegado incumplimiento de la providencia administrativa Nro. 0168-2010, de fecha 20 de abril de 2010, emanada de la Inspectoría del Tra.....