Todos estos procedimientos deben acometerse ante el mencionado ente.
En este orden de ideas, es importante precisar no sólo si se trata de tierras de vocación agraria, sino también que se desarrolle una actividad agraria para generar el conocimiento de esta Jurisdicción a las controversias o acciones que susciten con la concurrencia de estos elementos, además de ello la solicitud no esta relacionada con acciones judiciales susceptibles de plantear conflictos de competencia, conforme lo establece el Libro Primero, Titulo I, Capitulo I, Sección I, relativas a la competencia del Juez por la materia y por el valor de la demanda. Por tales razones, se acuerda remitir al Juzgado declinante la solicitud de titulo supletorio. Remítase con Oficio.