DISPOSITIVA
El Tribunal Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resolvió:
PRIMERO: Admite la acusación Fiscal de conformidad con lo establecido en el Artículo 330 ordinal 2º interpuesta por la Fiscalía 22º del Ministerio Público, contra los ciudadanos José Ramón Flores, Titular de la Cedula de identidad Nº 5.919.918, Alexander José Suárez, Titular de la Cedula de identidad Nº 13.776.228, y Enderson José Carrasquero Campos, Titular de la Cedula de identidad Nº 17.942.066, por el delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en grado de complicidad, previsto y sancionado en el articulo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica contra El Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 84 del Código Penal.
SEGUNDO: Admiten Totalmente las Pruebas presentada por el Fiscal del Minis.....