Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Con lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por la ciudadana Karely Genoveva Salas Figueroa, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.538.149, representada judicialmente por la abogada Blanca Salas, contra la entidad de trabajo Abaklin Servicios C.A, y se condena a esta última a cancelar la cantidad de veinticinco mil novecientos ochenta y siete bolívares veinticinco céntimos (Bs. 25.987,25), por los diferencias en los siguientes conceptos: (1) prestaciones sociales y sus intereses, (2) vacaciones vencidas; (3) bono vacacional vencido; (4) vacaciones fraccionadas; (5) bono vacacional fraccionado;.....