Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATOincoada por el ciudadano FILIBERTO MEDINA FRANCISCO contra el ciudadanoMANUEL EDUARDO DE FARIA RONDÓN,en razón de la inepta acumulación de pretensiones establecida en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil.SEGUNDO:Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay especial condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los trece (13) días del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023). Años 213º de la Independencia y 1.....