PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO formulada por el ciudadano Alexander Antonio Barrios Vargas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.426.904, asistido por la Defensora Pública Provisoria Octava Penal Ordinario, con competencia Civil, Mercantil y Tránsito, Despacho Defensoril Primero, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, abogada Mariagracia Peña Insausti, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 184.944.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Alexander Antonio Barrios Vargas y Ana Josefina Castro Colina, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.426.904 y 9.718.496, respectivamente, ante el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia, el día dos (02) de diciembre de dos mil diez (2010), tal y como se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio signada con el Nro. 265, acompañada a .....