Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento:
1. Declara: ADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto por el abogado Rafael Ramón De Lima Soto, en su carácter de defensor del imputado Víctor Alfonso Pedrozo Hernández, contra la decisión dictada el 15 de octubre de 2007, por el Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la celebración de la audiencia para oír al imputado, en la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
2. Declara ADMISIBLE el escrito contentivo de la contestación al recurso de apelación consignado en el caso de marras, por los represen.....