III
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 25 de octubre de 2007 por el Dr. EDER JESÚS SOLARTE MOLINA en su condición de Juez Titular del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia, se le aparta del conocimiento de la tercería propuesta por la sociedad de comercio Residencias Caribe, C.A. contra los ciudadanos Ange Marie Fratacci Fratacci y Jean Baptiste Fratacci Fratacci, expediente Nº 9365 (nomenclatura del aludido juzgado).
SEGUNDO: Se ordena remitir copia certificada de la presente decisión al Dr. EDER JESÚS SOLARTE MOLINA en su condición de Juez Titular del Ju.....