Una vez escuchadas las exposiciones de las partes este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD previstas en los ordinales 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a los Imputados 1.- JAIDER RAFAEL BARBOZA PÉREZ, Colombiano, natural de Maicao, fecha de nacimiento 27-10-80, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Colombiana N° 17.902.131, Soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de los Ciudadanos Rodolfo Barboza y de Olimpia Pérez, y residenciado en la Urbanización La Chamarreta, Sector 5, Comunidad Manuelita Saenz, Vereda 2, Calle 13, Casa N° 76, teléfono: de un Primo Oscar Pérez 0414-608.18.06, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, 2.- Y EVER BAITER PÉREZ, Colombiano, natural .....