Por todo lo expuesto, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada en ejercicio, de este domicilio REYNA SANCHEZ de RIVAS, inscrita en el Impreabogado bajo el No. 7207, actuando en su carácter de apoderada del ciudadano MAROUN JOUSSEF SUCCAR mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 8.679.394, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de3l Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.