En consecuencia, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de Reconocimiento de Unión Concubinaria intentada por el ciudadana Daniel Torrealba Hatziagnellides contra la ciudadana Maria Aura Moreno, con fundamento en el artículo 507 del Código Civil Vigente y 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
No se ordena la notificación de las partes, por cuanto la sentencia se dicta dentro del lapso legal correspondiente.