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Decisiones del dia 13/11/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-N-2012-000546 N° Sentencia : Fecha: 13/11/2012
Procedimiento:
Nulidad De Acto Administrativo
Partes:
ASOCIACIÓN CIVIL UNIÓN VALENCIA, A.C. Y OTROS VS. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 267, DE FECHA 20 DE MARZO DE 2009, DICTADO POR LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO PÍO TAMAYO DEL ESTADO LARA, EN PROCEDIMIENTO DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INTERPUESTO POR LOS CIUDADANOS ANTONIO JOSÉ GOUVEIA DURAN, ROBERTO ANTONIO OLLARVES, JOSÉ RAFAEL PRADO NIEVES, RAFAEL ANTONIO RODRÍGUEZ CEDEÑO Y HENRRY JOSÉ LUCENA PEÑALOZA, EN EXPEDIENTE Nº 005-2007-01-001890.
Resumen:
Entonces, del presente asunto se evidencia que la parte actora presentó su último escrito en la presente causa el 12 de agosto de 2010, en el que consignó las compulsas respectivas para la notificación (folio 48), no existiendo desde esa fecha más actuaciones tendiente a la continuación del presente juicio, trascurriendo desde dicho momento más de dos (02) años sin impulso procesal. Existiendo inactividad de la parte actora por más de un año, es decir desde la última actuación (12/08/2010) hasta el día de hoy, se cumplen los extremos del Artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y resulta forzoso para quien Juzga declarar la perención de la instancia. Así se establece.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KP02-N-2012-000027 N° Sentencia : Fecha: 13/11/2012
Procedimiento:
Nulidad De Acto Administrativo
Partes:
ESTACIÓN DE SERVICIO VALLE HONDO VS. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 3107, DE FECHA 30 DE MARZO DE 2005, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO
Resumen:
Por lo expuesto, éste Juzgador considera que el Artículo 236 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo se excedió en el ejercicio de la potestad administrativa de desarrollar la legislación mediante actos administrativos generales y normativos, por lo que se considera lesionada la garantía constitucional de que "ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en Leyes preexistentes", del Artículo 49 de la Carta Fundamental, aplicable a las actuaciones administrativas, declarando con lugar la pretensión de nulidad de la providencia administrativa identificada ut supra, a tenor de los previsto en el Artículo 19, Nº 1, de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en conexión con lo previsto en los artículos 29 y 49, Constitucionales.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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