PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante escrito presentado con diligencia de fecha 07 de junio de 2010, por el abogado en ejercicio JUAN F. BALZA BUITRAGO, en su condición de apoderado judicial del ciudadano RICARDO RIVAS VIELMA, parte actora, contra la sentencia de fecha 08 de marzo de 2010, dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Tovar.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la falta de interés del ciudadano TOMÁS SOSA ROJAS, en sostener el juicio, al haber vendido sus derechos y acciones sobre el inmueble objeto de partición de conformidad con lo establecido en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil y por no haberse integrado debidamente el litisconsorcio pasivo necesario.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR la demanda de partición de bienes comunitarios, interpuesta por el abogado JUAN F. BALZA BUITRAGO, en su condición de apoderado judi.....