PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de apelación interpuesto por el abogado, HERBERT ORTIZ, en su carácter de apoderado judicial de la Embajada de la República Argentina, contra la decisión del JUZGADO NOVENO (9º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, de fecha 28 de FEBRERO de 2018, que declaró con lugar el recurso de nulidad. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas".