D E C I S I Ó N
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto, por los abogados GUIDO ANTONIO PUCHE FARIA Y GUIDO A. PUCHE NAVA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana LILIAM ALTUVE NIETO, en contra del Consejo Nacional Electora, y, en consecuencia decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por los abogados GUIDO ANTONIO PUCHE FARIA Y GUIDO A. PUCHE NAVA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana LILIAM ALTUVE NIETO, en contra del Consejo Nacional Electora.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo sin número de fecha 01 de marzo de 2005, dictado por el ciudadano JORGE RODRÍGUEZ GÓMEZ, en su condición de P.....