DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: En virtud de la admisión de los Hechos por parte de los adolescentes DATOS OMITIDOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- .y DATOS OMITIDOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- ., se declara su responsabilidad penal por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto en el articulo previsto en el artículo 455 del Código Penal, y se sancionan a cumplir REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA AMBAS POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, de manera simultánea, de conformidad con lo establecido con los artículos 583, 622, 620 literales b, d y c 624, 625 y 626, todos de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y del Adolescente , t.....