I
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE TERCERO INTERESADO
En el escrito de promoción de pruebas, el apoderado judicial de la parte querellante promovió las siguientes pruebas:
(...)
En relación a los documentales promovidos en los numerales 1 al 8, este Juzgado observa, que por cuanto los mismos no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, ni inconducentes, se ADMITE, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-