Dispositivo
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Sexto Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: PRIMERO: la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el Recurso de Apelación ejercido contra la decisión dictada por el Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16 de mayo de 2011, que oyó en ambos efectos las apelaciones ejercidas por ambas partes el 24 de mayo de 2011, apelaciones presentadas en fechas 19 y 20 de mayo de 2011; SEGUNDO: Se confirma el fallo in comento; TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas; y, CUARTO: Se ordena la notificación de las partes de la presente decisión.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 2.....