´Por consiguiente, procediendo de conformidad con lo pautado en el artículo 236 y siguientes, y 242, todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se califica la detención en flagrancia del ciudadano:LUIS GABRIEL MEDINA PINTO, titular de la cedula de identidad V-27.362.596, de nacionalidad Venezolano, natural de Tocuyito estado Carabobo, fecha de nacimiento: 11/07/2000, de 24 años, estado Civil: soltero, profesión u oficio: licenciado en Idioma Moderno domiciliado en: Barrios los Chorritos, Segunda Calle, casa sin número, Tocuyito Municipio Libertador estado Carabobo. Teléfon.....