DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las profesionales del derecho MARIA ASENCIÓN MENDEZ CARLIZ y NABILA HASSOUN HASSOUN, titulares de las cédulas de identidad N° 15.855.101 y 15.072.494, quienes actúan en nombre y representación del ciudadano CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ MORALES, titular de la cédula de identidad N° 17.682.789. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 850-2008, dictada en fecha 04-11-2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, mediante la cual el referido Juzgado niega la entrega material del vehículo que posee las siguientes características: CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDÁN, USO: PARTICULAR, COLOR: BLANCO, SERIAL DE CARROCERÍA: 9FCBK45LX7000.....