Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo este JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: DESISTIDO, el recurso de nulidad interpuesto por los abogados JORGE FERNANDO NOVALINSKI CARRASCO y MARGARITA MONTANER RIOS, en ejercicio, inscritos en el IPSA bajo el N° 41.090 y 21.249 respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil SUB FERIA LOS PROCERES, en contra del actor administrativo emanado de la INSPECTORIA DEL TRABAJO "PEDRO ORTEGA DIAZ" SEDE CARACAS SUR DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, de fecha 26 de abril de 2010, decisión 00426/10.
No hay condenatoria en costas.-.