Se dictó y se publicó decisión mediante la cual el Juzgado Nacional Primero declaró: 1.- ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 17 de junio de 2024. 2.- La CONFESIÓN FICTA del ciudadano JOSÉ GREGORIO ANTIVERO GONZÁLEZ, ya identificado. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de contenido patrimonial con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo, interpuesta por el abogado Luis Eloy Córdoba Sevilla (INPREABOGADO Nº 215.952), actuando en su carácter de consultor jurídico de la Sociedad Mercantil AGROGUÁRICO POTENCIA, S.A., contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO ANTIVERO GONZÁLEZ. 4.- Se ORDENA al referido ciudadano pagar a la parte demandante la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL OCHENTA Y SEIS DÓLARES Y VEINTE CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 47.086, 20), discriminados de la forma siguiente: a) Por concepto de insumos agrícolas suministrados en calidad de financiamiento, la cantidad de VEINTITRÉS MIL .....