Este Juzgado de Primera Instancia Tercero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, en la causa N° 1172-06, nomenclatura de este Tribunal seguida a los adolescentes (IDENTIDADES OMITIDAS), de conformidad con lo previsto en el literal "e" del artículo 561, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y en consecuencia el cese de las medidas cautelares, que le habían sido impuestas de conformidad con lo previsto en el Artículo 582, literales "b", "c" y "f" ejusdem, en la Audiencia de Calificación de Flagrancia celebrada en fecha 19 de junio de 2006.
Regístrese, diarícese, déjese copia debidamente certificada por secretaría del presente fallo y archívese el mismo. Por cuanto la presente decisión no se ha dictado en audiencia oral se acuer.....