Por las razones precedentes, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Sede Constitucional declara:
1. PROCEDENTE la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano Rodolfo Enrique Chona, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 5.027.400, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano Ministro de Educación y Deportes, en la persona de Aristóbulo Isturis y/o Adán Chávez, por la presunta violación de los articulos 76, 78, 87, 91 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 76 y 82 de la Ley Organica de Educación, artículo 79 del Segundo Contrato Colectivo de los Trabajadores de la Enseñanza, artículo 8 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, artículos 66, 131 y 132 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 23, 24 y 25 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, por habérs.....