Por todas las razones de hecho y de derecho ya expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara improcedente la solicitud de incautación presentada por el Fiscal del Ministerio Publico, y ordena imponer como pena accesoria a la pena principal de DOS (2) años de prisión que pesa sobre los penados RAFAEL ALEXANDER VELIZ PEREZ y JONATHAN JOSE VELIZ PEREZ, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, la perdida de los bienes señalados por el Fiscal del Ministerio Público consistentes en; un bolso color negro marca alpeSport y la cantidad de Veintiún Mil Bolívares (Bs. 21.000,00) (21 B.F.) en billetes de diferentes denominaciones, los cuales se encuentran en calidad de depósito en la sala de Resguardo de Evidencias del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub delegaci.....