Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE EN RAZON DEL TERRITORIO y declina para el conocimiento de la presente causa al Juzgado de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta misma Circunscripción Judicial, a tal efecto remítase con Oficio al Tribunal Distribuidor para su distribución y posterior conocimiento, trascurrido el lapso previsto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil. Désele salida en los libros respectivos y Líbrese oficio. Publíquese y déjese copia. Guacara, a los Catorce (14) días del mes de Febrero de Dos Mil Once (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. SANDRA BRETT CASTILLO
LA SECRETARIA
ABG. ROSA DI COSOLA MORENO
En la misma fecha se publico y diariz.....