Se decretó MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre BIENES MUEBLES propiedad de la parte aquí accionada por la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLÍVARES (2.784,375), que comprende el total al DOBLE de las siguientes cantidades, relativas a los conceptos reclamados: -
A- CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 495.000,00): capital exigido.
B- SETENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 72.187,50): intereses de mora a la tasa del 5%
C- OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 825.000): derecho de Comisión.
Más las costas que son calculadas prudencialmente en la cantidad de CIENTO VEINTITRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES, (Bs. 123.750,00); haciéndose la salvedad que si dicho embargo recae sobre CANTIDADES DE DINERO; el mismo deberá ser por el monto de UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (1.392.187,50) que resulta de la sum.....