DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: REVOCA LA FÓRMULA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE PENA DE ESTABLECIMIENTO ABIERTO otorgada en fecha 12 de Agosto del 2009 al penado: JONATHAN JOSÉ ÁLVAREZ VARGAS, Titular de la Cédula de Identidad Nº 24.385.455, quien fue condenado en fecha 12 de Agosto del 2009, por el Tribunal Decimoprimero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Extensión Carora, a cumplir la pena de Nueve (09) Años de Prisión, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, Ocultamiento de Arma de Fuego y Municiones, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente, en.....