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DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, ESTA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decide: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR DENUNCIA DE INMOTIVACIÒN, formalizada en el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por la ciudadana NELLY SANCHEZ SUAREZ, asistida por la Apoderada Judicial Abg. María Emilia Díaz Sánchez, en contra de la decisión de fecha 02 de Septiembre de 2022 y publicada in extenso en la misma fecha, emitida por el Juez a Cargo del Tribunal Tercero (03) de Primera Instancia en Función de Control Municipal de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en la cual decreto el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el articulo 34 numeral 4º y 300 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos: JUAN CARLOS SANCHEZ JIMENEZ y MARIELA VIRGINIA HURTADO TORRES, titulares de la cedula de identidad Nº V-16.503.....