En virtud de los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia N° 1070, de fecha 9 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara DISUELTO el vinculo matrimonial existente entre los ciudadanos JESUS SALVADOR ERMINY SANCHEZ y MARIA ALEXANDRA GAGLIARDONI MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.971.871 y V-9.964.186, respectivamente, y en consecuencia declara el DIVORCIO de los precitados ciudadanos. Así se decide.