Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la extinción del proceso seguido por, el abogado Carlos López Tovar, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Nelson Albornoz Niño, contra el ciudadano José Eladio Torres Rangel.-