DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara la cesación de la medida de Servicios a la Comunidad, en favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado supra, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de LILIANA GABRIELA FREITEZ, ocurrido el día 02 de marzo de 2003. El sancionado deberá continuar en el cumplimiento de las sanciónes de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta hasta su culminación.