DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 1 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación intentado por el abogado: MIGUEL COLINA, en su carácter de defensor de los ciudadanos: TARRA DÍAZ JOSÉ MANUEL, JOSÉ CONCEPCIÓN DE LA CRUZ BARRETO e ISAAC LEONARDO SÁNCHEZ MIJARES contra la decisión dictada en audiencia del 17 de Febrero de 2.007, con auto de la misma fecha, emanada del JUZGADO VIGÉSIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado DECRETÓ MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de acuerdo al artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal a los prenombrados imputados por la presunta.....